Solicitud de Pago Seguro Post Mortem
Cuando un funcionario o trabajador de esta Institución fallece, el Organismo Judicial en base al Acuerdo 90-92 de la Corte Suprema de Justicia otorga el pago de OCHENTA MIL QUETZALES EXACTOS a los beneficiarios que este hubiese dejado designado en la Declaración de Beneficiarios de Prestaciones Laborales de Indemnización y Seguro Post Mortem. A falta de estos entonces se concederá a los beneficiarios declarados judicialmente. En este caso el beneficiario haría bien en iniciar un proceso de Incidente Post Mortem en un Juzgado de Trabajo.
- Solicitud dirigida al señor Presidente firmado por él o los beneficiarios Post Mortem.
- Partida de Defunción en Original.
- Certificación de declaración de beneficiarios Post Mortem, Emitida por el Archivo de Personal. Si no existe formulario en el expediente, solicitar una Negativa. (ARCHIVO DE PERSONAL).
- Constancia Laboral del Fallecido, Emitido por UARH (debe estar de Baja en el Sistema de RRHH.
- Fotocopia autenticada del DPI del fallecido.
- Fotocopia autenticada del DPI y NIT de él o los beneficiarios.
- Si es casado (a), presentar certificación de matrimonio original o copia autenticada.
- Partida de nacimiento de los hijos menores de edad en Original, cuando él o ellos hayan sido declarados como beneficiarios.
- Certificación extendida por la sección de Nominas y Planillas de las cuotas aportadas Post Mortem (Mínimo 6 cuotas aportadas según artículo 5 del acuerdo 9-91) de forma consecutiva.
- De no haber formulario de declaración de beneficiarios del fallecido, el o los interesados deben de iniciar un incidente Post Mortem en cualquier juzgado de trabajo, este documento sustituye únicamente la declaración, los demás requisitos deben ser los mismos.
- Presentar en la Recepción de la Unidad de Administración de Recursos Humanos la “Solicitud de Pago Seguro Post Mortem”.
- Adjuntar toda la papelería que se detalla en Requisitos.
- Trámite personal. En el caso de ser un tercero que realiza la solicitud, deberá acompañar copia del Mandato que el beneficiario le extendió y que le autoriza realizar explícitamente este trámite.
- Telefono: 22905151 Extensión7248
- Correo electronico: recepcionadmonrrhh@oj.gob.gt